
lo que debes saber del reparto de utilidades
El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado. Las fechas límite para entrega de las mismas son diferentes, pues depende si trabajas para una empresa (persona moral) o un patrón en particular (persona física). En el primer caso, las utilidades deberán ser entregadas a más tardar el 30 de mayo mientras que si trabajas para una persona física, tendrán hasta el 29 de junio.
¿Cómo saber si soy acreedor a utilidades?
Es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más, según su declaración fiscal 2016, y que tengan más de un año en funcionamiento. Bajo estas condiciones, los trabajadores tendrán derecho al Reparto de Utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tengan contrato por obra determinada.
¿Cómo saber si no soy acreedor a utilidades?
No aplica para trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinada con el patrón.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mis utilidades?
Un año a partir de la fecha límite establecida mencionada anteriormente.
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