
En 2010, durante la administración del presidente Felipe Calderón Hinojosa, se promulgó la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de particulares. Este marco legal, aplicable a nivel nacional en México, tiene como finalidad resguardar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de los individuos al regular de manera legítima, controlada e informada el manejo de datos personales por parte de personas no gubernamentales.
La normativa se orienta a establecer pautas que aseguren una gestión ética de la información personal, con el propósito de prevenir posibles abusos y garantizar que el tratamiento de datos respete los derechos individuales. El artículo 3 de esta ley detalla criterios específicos sobre los datos personales, destacando especialmente en sus fracciones V y VI la sensibilidad de ciertos datos que pueden afectar la esfera íntima del titular o, de utilizarse de manera indebida, podrían dar lugar a discriminación o representar un riesgo significativo para la persona.
En términos generales, se enfatiza la importancia de un manejo especial y cauteloso de los datos sensibles, los cuales revelan información sobre el origen racial o étnico, el estado de salud presente y futuro, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, afiliación sindical, opiniones políticas y preferencia sexual. Este enfoque subraya la necesidad de proteger la privacidad y la autodeterminación informativa de las personas en el tratamiento de esta categoría de datos.
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